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Rellenar modelo 420

Modelo 420

Modelo 420 Canarias

Si trabajas como autónomo o tienes una compañía en Canarias, vas a saber que cada tres meses tienes que enseñar el modelo 420 de autoliquidación de IGIC.

Ahora te ofrecemos unas sencillas normas para completar dicho modelo en el caso de que seas un empresario o un profesional autónomo con una administración elemental de facturas y costos. Si tu facturación es algo más complicada, te sugerimos pedir los servicios de un asesor profesional.

¿Qué es el modelo 420?

Modelo 420 para qué sirve

El modelo 420 es el modelo de autoliquidación de IGIC.

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es un impuesto sobre el consumo que solo abonan los clientes finales de un producto o servicio, no los hombres de negocios o los autónomos.

“¿Pero yo pago IGIC cuando hago una adquisición?”, te preguntarás. Sí, lo haces, pero la Gestión Tributaria Canaria (ATC) te lo va a devolver íntegramente si hablamos de un gasto primordial para tu negocio.

Los autónomos y las compañías son meros recaudadores de este impuesto. Cuando cobras el IGIC a tus usuarios, sencillamente actúas como intermediario del Gobierno y trimestralmente tienes que ingresarle todo lo que hayas recaudado a lo largo de los tres meses anteriores (si has recaudado algo).

Para hacer más simple la administración, la ATC facilita que en la exhibición trimestral del modelo 420 descuentes todo el IGIC que has comprado ( IGIC deducible ) en tus costos deducibles al IGIC que has recaudado ( IGIC devengado ) en tus facturas.

Atención al hecho de que estamos hablando de costos deducibles. No vale cualquier clase de gasto. Por regla establecida, los costos deducibles son esos que están relacionados con el ejercicio natural de tu negocio (material de trabajo, papelería, ordenadores, etc.). Frente la duda, consulta con un asesor o con nuestra ATC.

Pongamos un caso de muestra del cálculo grosso modo que debemos llevar a cabo trimestralmente. Supongamos que en los primeros tres meses del año has recaudado en criterio de IGIC 345 € en tus facturas y has comprado 120 € en tus costos. Entonces, vas a tener que abonar a Hacienda la diferencia: 345 – 120 = 225 €.

Sugerencia:  Rellenar Modelo 140

¿Quién debe enseñar el modelo 420?

Debe enseñar el modelo 420 todos los hombres de negocios y expertos que hagan alguna actividad económica, independientemente de que el resultado de la afirmación sea positivo, negativo, a compensar, o sin actividad.

Sí, aunque no poseas actividad en el transcurso de un período de tres meses, tienes que enseñar el modelo 420. No te olvides.

¿Cuándo hay que enviar el modelo 420?

El modelo 420 debe presentarse trimestralmente, aunque voluntariamente además puedes presentarlo mensualmente si de esta forma lo has solicitado cuando te has dado de alta como autónomo en el modelo 036/037. Pero si te soy sincero, mejor no lo hagas 🙂

Los plazos de exhibición del modelo 420 son los siguientes:

Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, los dos de hecho.

Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, los dos de hecho.

Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, los dos de hecho.

Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero, los dos de hecho.

Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el período se extiende hasta el siguiente día hábil.

¿Cómo se rellena el modelo 420?

Te recordamos que en este texto solo vamos a explicarte cómo cumplimentar el modelo 420 en el caso de que seas un empresario o profesional con una administración elemental de facturas y costos, que es la situacion más habitual.

Mejorando la información

Lo primero que tienes que llevar a cabo es elaborar la información que vas a poner en tu afirmación.

modelo 420
Modelo 420

Junta todas tus facturas y los costos deducibles cuya fecha de emisión esté dentro del período de tres meses que estás declarando.

De cada factura y gasto, tienes que obtener tres datos:

la base imponible , oséa, el importe sobre el que se ha calculado el IGIC.

el tipo o porcentaje de IGIC aplicado.

la cuota , oséa, el importe final de IGIC que has cobrado o comprado.

Como ejemplo, vamos a sospechar que a lo largo de el período de tres meses previo hemos facturado 6500 € + 7% IGIC, y hemos llevado a cabo compras por un importe de 750 € + 7% IGIC.

Sugerencia:  Rellenar modelo recurso plusvalía municipal

Para que consigas continuar este reducido tutorial, te recomendamos bajar el software de asistencia para cumplimentar el modelo 420.

Observemos en este momento como cumplimentar los diferentes apartados del modelo 420.

Tiempo de liquidación y datos identificativos

Captura de los apartados Tiempo de liquidación y datos identificativos

Lo primero es completar estos dos apartados con el ejercicio (año) y tiempo (1T, 2T, 3T o 4T) que estás declarando, y todos tus datos fiscales.

IGIC devengado

Captura de los apartados de IGIC devengado

Acá vemos que poner todo el IGIC que hemos devengado en las facturas que hemos enviado a nuestros usuarios. Lo habitual es que solo apliques un tipo de IGIC (7%).

En la casilla 01 coloca la suma de las bases imponibles (importe) desde las cuales has calculado el impuesto en tus facturas, y a su lado coloca el tipo impositivo que has aplicado.

En la casilla 07 coloca la suma de todos los importes de IGIC que has facturado a lo largo de el período de tres meses.

Si has aplicado numerosos tipos de IGIC, puedes utilizar el resto de filas que se muestran dentro de este capítulo para ingresar los que corresponden valores.

En la casilla 15 tienes que poner la suma de toda la columna superior.

En nuestro ejemplo, debemos cumplimentar las casillas de la siguiente forma:

casilla 01: 6500,00

casilla 07: 455,00

casilla 15: 455,00

IGIC deducible y resultado de la autoliquidación

Captura de los apartados de IGIC deducible

En este capítulo debemos ingresar el IGIC que has comprado en tus costos deducibles.

Los costos de dividen en dos grupos:

operaciones interiores, si el proveedor reside en Canarias

importaciones, si el proveedor está fuera de Canarias (incluida la Península)

Lo habitual es que todos tus costos entren dentro de la primera categoría. En ese caso, tienes que completar la casilla 16.

En la casilla 22 suma todos los costos deducibles que has puesto previamente.

En la casilla 23 resta las cuotas devengadas y las cuotas deducibles.

Sugerencia:  Rellenar Modelo 232

En la casilla 24 añades las cuota que has compensando en periodos anteriores (si existe alguna). Las cuotas compensadas son aquellas proporciones que vienen de afirmaciones anteriores que han salido negativas. El Gobierno solo hace devoluciones en el último tiempo del ejercicio, y te facilita compensar proporciones negativas en los tres primeros periodos.

Finalmente, en la casilla 26 haces la resta de la casilla 23 menos la casilla 24. Este va a ser el resultado de tu afirmación.

En nuestro ejemplo, lo cumplimentarías de la siguiente forma:

casilla 16: 52,50

casilla 22: 52,50

casilla 23: 402,50

casilla 26: 402,50

Oséa, la afirmación es efectiva y debemos realizar los pagos 402,50 €.

El contenido de la casilla 26 puede ser:

Positivo: por lo cual tienes que cumplimentar el apartado “Ingreso” con el número de cuenta bancaria donde deseas llevar a cabo el pago.

Negativo: y entonces deberás completar el apartado “Compensación” si estás en los periodos 1T, 2T o 3T, o el apartado “Devolución” si estás en el tiempo 4T.

Si a lo largo de el tiempo que estás declarando no tuviste ningún tipo de actividad, entonces marca la casilla “Sin actividad”.

Captura del apartado de ingreso

Ten en cuenta que pase lo que pase a lo largo de el período de tres meses, poseas o no poseas actividad, hagas una factura o doscientas, haya o no haya costos deducibles,siempre tienes que enseñar el modelo 420.

Esperamos haberte servido de asistencia y recuerda que si tienes algún duda sobre el modelo, lo destacado es asistir a un profesional preparado o preguntar en la AEAT.

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